Salvamento de voto al Auto 168 04Referencia: expediente ICC-853Peticionario: SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA SANTO DOMINGO LIMITADATal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- A-044 98, A-171
01. ICC-720, 764.